admin 12 de febrero de 2021

Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se convocan los IV Premios para el reconocimiento a centros públicos de Andalucía con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, correspondientes al curso 2020-2021 (BOJA de 10 de febrero de 2021). Texto completo.

 

RESOLUCIÓN DE 4 DE FEBRERO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO E INNOVACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS IV PREMIOS PARA EL RECONOCIMIENTO A CENTROS PÚBLICOS DE ANDALUCÍA CON BUENAS PRÁCTICAS DOCENTES EN BIBLIOTECAS ESCOLARES Y EN EL FOMENTO DE LA LECTURA, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2020-2021.

 

La Consejería competente en materia de educación viene realizando actuaciones para la puesta en marcha y mejora de las bibliotecas escolares, así como para el fomento de la lectura, considerándolos factores que favorecen la calidad de la enseñanza.

Dichas actuaciones han propiciado un avance en la concepción de las bibliotecas escolares como centros de recursos para la enseñanza y el aprendizaje, facilitadoras de la adquisición y desarrollo de las competencias clave y del hábito de la lectura, así como motor de innovación en los centros.

En este sentido, con el fin de concretar determinados aspectos sobre la organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares, la Consejería de Educación ha dictado las Instrucciones de 24 de julio de 2013, sobre la organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares de los centros docentes públicos que imparten Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria establecen el modelo de biblioteca escolar y el papel que debe tener la misma como recurso estratégico que adquiera protagonismo en determinados ámbitos del Plan de Centro, contemplando actuaciones para el fomento de la lectura, el tratamiento y uso de la información, la competencia digital, y el desarrollo de habilidades intelectuales.

Asimismo, se han dictado las Instrucciones de 24 de julio de 2013, sobre el tratamiento de la lectura para el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística con la finalidad de contribuir a establecer las condiciones para que el alumnado pueda alcanzar un desarrollo adecuado a su edad de la competencia en comunicación lingüística, así como fomentar el hábito y el placer de la lectura y la escritura.

En este marco, la Consejería de Educación y Deporte ha articulado el Programa para el desarrollo de la competencia en Comunicación Lingüística, que consta de dos itinerarios, Proyecto Lingüístico de Centro y ComunicA, con medidas que cubren enfoques relacionados con la lectura, la escritura, la creatividad, la oralidad y la mejora de la comunicación lingüística en general.

Asimismo, para poner en valor el trabajo que viene realizando el profesorado en los campos de las bibliotecas escolares y del fomento de la lectura, así como para facilitar la difusión del mismo, la Consejería competente en materia de educación estableció, mediante Resolución de 25 de mayo de 2018, con carácter anual, el reconocimiento a la labor bibliotecaria y a las buenas prácticas docentes en el fomento de la lectura de los centros públicos de Andalucía.

Por todo ello, esta Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa

RESUELVE

Primero. Efectuar la convocatoria, para el curso 2020-2021, de los Premios para el reconocimiento a centros públicos de Andalucía con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura.

Segundo. Características de los premios.

Se establecen los siguientes premios:

a) Premio “Bibliotecas escolares” al reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en la organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares.

b) Premio “Fomento de la Lectura” al reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes para el fomento de la lectura y la mejora de la comunicación lingüística.

Los premios se otorgarán en dos categorías: centros de Educación Infantil y Primaria y centros de Educación Secundaria Obligatoria.

Se concederán premios por cada modalidad y categoría, con la distribución y dotación que se indica:

a) Un primer premio consistente en dotación económica de 5.000 euros y trofeo.

b) Un segundo premio consistente en dotación económica de 3.000 euros y trofeo.

c) Un tercer premio consistente en dotación económica de 1.000 euros y trofeo.

Tercero. Destinatarios.

Los premios estarán dirigidos a los centros docentes públicos de titularidad de la Consejería de Educación que impartan enseñanzas de Educación Infantil de 2.º ciclo, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, que hayan desarrollado actuaciones de dinamización e innovación de su biblioteca y de fomento de la lectura.

No podrán participar en esta convocatoria los centros docentes que han obtenido premio en cualquiera de las modalidades en las tres últimas ediciones.

Cuarto. Solicitudes y plazos de la presentación de la documentación.

El plazo de presentación de las candidaturas será hasta el 20 de abril de 2021, inclusive.

Los centros deberán cumplimentar el formulario de inscripción que corresponda según el Premio al que se opte y que será accesible por vía telemática, a través del sistema de gestión Séneca. Asimismo, el Director o Directora del centro educativo deberá firmar la solicitud de participación.

Conjuntamente con el formulario de inscripción, se adjuntarán sendos archivos informáticos en PDF o en ZIP relativos a la memoria de las actuaciones realizadas, según el modelo que se adjunta como Anexo I, para el Premio “Bibliotecas Escolares”, o según el modelo que se adjunta como Anexo III, para el Premio “Fomento de la Lectura”.

En las memorias de actuaciones presentadas se valorará la adaptación y adecuación de las mismas a las circunstancias derivadas de la COVID-19 y el contexto específico del centro.

Quinto. Evaluación de las candidaturas.

Para realizar una primera valoración de candidaturas, en cada Delegación Territorial de Educación y Deporte se constituirá una comisión formada por:

– La persona que ostenta la Jefatura del Servicio de Ordenación Educativa, que actuará como Presidenta.

– La persona responsable de Lectura y Bibliotecas escolares.

– Un asesor o asesora de formación de los CEP de la provincia en cuyo ámbito de actuación existan centros que hayan presentado candidatura a los Premios.

– La persona que ostente la jefatura de Sección de Planes y Programas Educativos, que actuará como Secretaria.

A esta comisión se podrán incorporar cuantas personas expertas en el ámbito educativo o cultural se considere, así como profesorado con experiencia en la gestión y dinamización de bibliotecas escolares.

La comisión provincial realizará una valoración técnica de cada una de las memorias y seleccionará una candidatura de un centro por cada Premio y categoría, no pudiendo un mismo centro ser seleccionado para ambas modalidades de los Premios.

De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que se expongan los motivos que justifican dicha selección relacionándolos con los criterios de valoración establecidos.

La Delegación Territorial enviará a la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa la relación de candidaturas seleccionadas junto con los informes elaborados para cada una de ellas.

Sexto. Constitución de un Jurado Regional para la selección de las candidaturas premiadas.

En la Consejería de Educación y Deporte, se constituirá un jurado presidido por la persona que ostente la Jefatura de Servicio de Planes y Programas Educativos, o persona en quien delegue, y formado por los miembros de la Comisión Técnica de Bibliotecas Escolares, constituida por las personas responsables de cada una de las Delegaciones Territoriales.

A este jurado se podrían incorporar personas expertas en el ámbito educativo o cultural.

El jurado estudiará las memorias y analizará los informes de las candidaturas seleccionadas por las comisiones provinciales.

Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.

Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo por cada modalidad de los Premios en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlos desiertos en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguna de las memorias presentadas reúne los méritos suficientes.

El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión del Premio correspondiente a la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa para su resolución.

La persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado e innovación educativa, a la vista de las propuestas del jurado, dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el contenido del fallo del jurado para cada modalidad del Premio.

La correspondiente resolución se publicará en el BOJA, así como en la página web de la Consejería de Educación y Deporte y en el Portal de Lectura y Bibliotecas Escolares.

Octavo. Financiación de los premios.

La financiación de los premios se realizará con cargo a los fondos consignados en la partida presupuestaria 1100038406 G/54C/22930/0001.

La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.

Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a reforzar la realización de actuaciones de mejora de la biblioteca escolar y de fomento de la lectura.

Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente, dedicándose exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.

Noveno. Entrega de premios.

El acto de entrega tendrá lugar en torno al 16 de diciembre, Día de la Lectura en Andalucía.

Décimo. Difusión y publicación de las memorias premiadas.

Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.

Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias.

La Consejería competente en materia de educación podrá difundir los trabajos premiados a través de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA.

Asimismo, la Consejería competente en materia de educación se reservará el derecho de edición de las memorias premiadas.

Undécimo. Bases específicas del concurso para el reconocimiento a la labor bibliotecaria en aquellos centros que desarrollen experiencias y buenas prácticas en la organización y funcionamiento de sus bibliotecas y que conlleven a la dinamización e innovación de las mismas.

1. Candidaturas.

Quienes deseen concurrir a esta convocatoria realizarán el formulario de inscripción en el sistema Séneca con perfil de dirección (Séneca “ Centro” Premios y concursos” Año” Bibliotecas escolares ”Añadir” Cumplimentar formulario y adjuntar Memoria.) que deberá ir acompañado de un archivo informático en PDF o en ZIP relativo a la memoria de las actuaciones realizadas, según el modelo que se adjunta como Anexo I.

Asimismo, deberán firmar la solicitud de participación en Séneca con perfil de dirección. (Séneca “Documentos que se pueden pedir”Centro”Premios y concursos”Solicitud de Premios y Concursos para la firma electrónica” Cumplimentar” Firmar digitalmente.)

2. Criterios de evaluación.

En la selección de las candidaturas presentadas se tendrán en cuenta los siguientes criterios, valorándose en las mismas la adaptación y adecuación de las actuaciones a las circunstancias derivadas de la COVID-19 y al contexto específico del centro:

a) Integración y relevancia de la biblioteca escolar en el Plan de centro: Organización, gestión, servicios y recursos, así como su adecuación a la realidad y particularidades derivadas de la COVID-19.

a.1) Recursos humanos. Implicación del Equipo directivo, responsable y miembros del equipo de apoyo u otros miembros de la comunidad educativa que participan en la gestión y en las actuaciones de dinamización de la biblioteca. Dedicación horaria semanal de la persona responsable y de los miembros del equipo de apoyo.

a.2) Plan de formación en la organización, gestión y funcionamiento de la biblioteca escolar. Participación de responsable y miembros del equipo de apoyo en actividades formativas y en la Red profesional de bibliotecas escolares de la provincia.

a.3) Presupuesto. Criterios de asignación presupuestaria anual para la biblioteca escolar recogidos en el Proyecto de gestión.

a.4) Normas de uso y funcionamiento recogidas en el Reglamento de organización y funcionamiento.

a.5) Plan de trabajo anual. Adecuación a la realidad y necesidades del centro y de su entorno,

a.6) Colección. Selección de recursos librarios, no librarios y digitales. Automatización de la colección (programa de gestión y OPAC). Circulación y explotación.

a.7) Servicios operativos. Horario de apertura. Lectura y consulta en sala. Préstamos. Orientación y recomendaciones de lectura. Desiderata. Información y publicaciones. Web de la biblioteca escolar.

a.8) Procedimiento sistemático de evaluación de la biblioteca escolar. Selección de indicadores y señales de avance. Propuestas de mejora.

b) Integración de la biblioteca en el Proyecto educativo y desarrollo de programas específicos, atendiendo a los protocolos y circunstancias derivadas de la COVID-19.

b.1.) Utilización de la biblioteca escolar como recurso educativo para y desde las distintas áreas. Selección y provisión de recursos. Coordinación con Ciclos, Departamentos, Áreas.

b.2) Programas y actividades de formación de los usuarios.

b.3) Programas y actividades para aprender a investigar, a informarse y transmitir la información. ALFIN/AMI. Coordinación con Ciclos, Departamentos, Áreas. Estrategias para aprender a investigar. Estrategias para el desarrollo de la competencia digital. Uso de la biblioteca como fuente de información, que favorezca el trabajo interdisciplinar mediante proyectos documentales complejos. Entornos informacionales y proyectos documentales integrados.

b.4) Proyecto o Plan lector. Plan de lectura integrado en el Proyecto Educativo del centro. Coordinación con Ciclos, Departamentos, Áreas. Apoyo al tiempo reglado de lectura. Provisión y selección de recursos. Estrategias para el fomento de la lectura. Promoción de prácticas lectoras. Configuración de itinerarios de lectura.

b.5) Apoyo a programas y proyectos del centro. Coordinación con Ciclos, Departamentos y Áreas. Selección y provisión de recursos. Espacio de investigación, producción, edición y difusión del trabajo del alumnado.

c) Dinamización sociocultural, cooperación y apertura a la comunidad educativa y a su entorno, teniendo en cuenta los protocolos y circunstancias derivadas de la COVID-19.

c.1) Desarrollo de actividades de proyección sociocultural. Exposiciones, certámenes, talleres, tertulias, debates, celebraciones, conmemoraciones, efemérides,…

c.2) Espacio de compensación de desigualdades. Programas de apoyo y refuerzo.

c.3) Desarrollo de actuaciones de cooperación que impliquen a otros sectores de la comunidad educativa y de la zona. Colaboración con las familias. Colaboración con otras bibliotecas escolares de la zona. Colaboración con la biblioteca pública. Colaboración con el ayuntamiento y otras entidades locales. Búsqueda de recursos y patrocinio.

3. Ponderación de los criterios de evaluación.

Las candidaturas se evaluarán mediante la constatación de evidencias relacionadas con los indicadores de cada uno de los anteriores criterios, de acuerdo con el Anexo II. La constatación de evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:

1 = Sin evidencias.

2 = Pocas evidencias.

3 = Bastantes evidencias.

4 = Evidencias totales.

El criterio a) supondrá el 40% de la valoración.

El criterio b) supondrá el 40% de la valoración.

El criterio c) supondrá el 20% de la valoración.

Duodécimo. Bases específicas del concurso para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en el fomento de la lectura desarrolladas al menos durante un curso escolar.

1. Candidaturas.

Quienes deseen concurrir a esta convocatoria realizarán el formulario de inscripción en el sistema Séneca con perfil de dirección (Séneca” Centro” Premios y concursos” Año” Fomento de la Lectura”Añadir” Cumplimentar formulario y adjuntar Memoria.), que deberá ir acompañado de un archivo informático en PDF o en ZIP relativo a la memoria de las actuaciones realizadas, según el modelo que se adjunta como Anexo I.

Asimismo, deberán firmar la solicitud de participación en Séneca con perfil de dirección. (Séneca”Documentos que se pueden pedir”Centro”Premios y concursos”Solicitud de Premios y Concursos para la firma electrónica” Cumplimentar” Firmar digitalmente ).

2. Criterios de evaluación.

En la selección de las candidaturas presentadas se tendrán en cuenta los siguientes criterios, valorándose en las mismas la adaptación y adecuación de las actuaciones a las circunstancias derivadas de la COVID-19 y al contexto específico del centro:

a) Integración y relevancia de las prácticas de fomento de la lectura en el Proyecto educativo, así como su adecuación a la realidad y particularidades derivadas de la COVID-19.

a.1. Diagnóstico de las prácticas lectoras del alumnado del centro.

a.2. Implicación del ETCP, de los Departamentos o Ciclos. Tratamiento de la lectura intensiva y de la lectura extensiva. Plan lector e Itinerarios lectores.

a.3. Implicación de la biblioteca escolar.

a.4. Implicación de las diversas áreas y materias. Selección de textos por ámbitos y situaciones textuales (literario, académico, personal, cotidiano, medios de comunicación, etc.), por tipologías textuales y géneros discursivos (descripción, narración, exposición, argumentación, instrucción, transacción; textos continuos, discontinuos, hipertextos, etc.). Programación de objetivos, estrategias y actividades de prelectura, lectura y postlectura. Integración en las programaciones didácticas.

a.5. Integración de las prácticas de fomento de la lectura (secuencias y actividades, tareas o proyectos concretos) en programas de fomento de la lectura del centro. Actuaciones desarrolladas en el marco del programa ComunicA /PLC.

b) Interés y relevancia de las prácticas desde el punto de vista de la innovación metodológica y del uso de las nuevas tecnologías.

b.1. Aplicación de nuevas metodologías educativas que favorezcan el trabajo colaborativo y la adaptación a las necesidades y particularidades del alumnado. Diversidad de actividades, tareas y estrategias de trabajo colaborativo, de acuerdo a las necesidades y particularidades del alumnado.

b.2. Carácter interdisciplinar.

b.3. Uso de nuevas tecnologías. Lectura en pantallas, aplicaciones y herramientas, redes sociales, etc.

c) Grado de implicación de la comunidad educativa teniendo en cuenta los protocolos y circunstancias derivadas de la COVID-19, difusión y sostenibilidad.

c.1. Actividades complementarias y extraescolares.

c.2. Implicación de las familias y el entorno.

c.3. Difusión de las prácticas de fomento de la lectura desarrolladas.

c.4. Sostenibilidad de las prácticas propuestas y posibilidades de réplica o adaptación.

3. Ponderación de los criterios de evaluación.

Las candidaturas se evaluarán mediante la constatación de evidencias relacionadas con los indicadores de cada uno de los anteriores criterios, de acuerdo con el Anexo IV. La constatación de evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:

1 = Sin evidencias.

2 = Pocas evidencias.

3 = Bastantes evidencias.

4 = Evidencias totales.

El criterio a) supondrá el 40% de la valoración.

El criterio b) supondrá el 35% de la valoración.

El criterio c) supondrá el 25% de la valoración.

Anexos

Omitidos.

Fuente:

https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1207903

Resolución de 4 de febrero de 2021 (PDF / 185.58Kb)

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